Si inicias un negocio, debes elegir el Régimen tributario para tu negocio a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos.

Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer.

Elige el Régimen triburario para tu negocio

Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS

En el NRUS solo pueden estar las personas naturales y sucesiones indivisas, por lo que si inicias un pequeño negocio como una bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, pequeño restaurante, juguería, peluquería, entre otros y debes emitir Boletas de Venta, este régimen es para ti. En este régimen hay actividades no comprendidas, más información aquí.

Régimen Especial de Renta – RER

En el RER se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de actividades de comercio y/o industria, y actividades de servicios. En este régimen hay actividades no comprendidas.

Régimen MYPE Tributario – RMT

Creado para las micro y pequeña empresa con el objetivo de promover su crecimiento al brindarles condiciones más simples para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Régimen General – RG

Dirigido a las medianas y grandes empresas (personas con negocio o personas jurídicas), que generan rentas de tercera categoría; asimismo, a las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas.

Una vez elegido el régimen tributario para tu negocio, si eres un contribuyente que recién vas a iniciar tu negocio, las reglas de acogimiento para cada uno de los regímenes son las siguientes:

AcogimientoNRUS RER RMT RG
RequisitosSolo con la afectación al momento de la inscripción en el RUC.Con la declaración y pago que corresponda al periodo de inicio de actividades, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de vencimiento.Con la declaración mensual que corresponda al periodo de inicio de actividades, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de vencimiento.Sólo con la afectación al momento de la inscripción en el RUC.

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